Una de las preguntas que más nos hacen las empresas es: ¿qué tan complejo debe ser mi SG-SST? La respuesta depende del número de trabajadores y del nivel de riesgo de la actividad económica, según la Resolución 0312 de 2019.
Los tres grupos de empresas
La resolución agrupa a las empresas así:
- Empresas de 1 a 10 trabajadores, clasificadas en riesgo I, II o III: un estándar reducido, con menos ítems documentales pero igual de obligatorio.
- Empresas de 11 a 50 trabajadores, con riesgo I, II o III: un estándar intermedio.
- Empresas de 11 o más trabajadores con riesgo IV o V, y empresas de más de 50 trabajadores de cualquier riesgo: el estándar más completo, con 60 o más ítems evaluables.
Qué revisar primero
Si no sabes en qué grupo está tu empresa, estos son los primeros pasos:
- Confirma el número de trabajadores directos e indirectos que aplican para el conteo.
- Verifica la clase de riesgo asignada por tu ARL.
- Con esos dos datos, identifica el grupo y los ítems que te corresponden.
Lo que casi siempre falta
En nuestras revisiones iniciales, los hallazgos más comunes son:
- Matriz de identificación de peligros desactualizada.
- Plan de trabajo anual sin firma ni fechas de seguimiento.
- Indicadores del SG-SST que no se calculan ni se revisan.
- Plan de emergencias sin actualizar tras cambios en las instalaciones.
Si quieres saber exactamente en qué estado está tu empresa frente a estos estándares, en Gal Consulting hacemos un diagnóstico gratuito que te muestra, ítem por ítem, qué tienes y qué te falta.
Nota: este artículo tiene fines informativos generales. Antes de tomar decisiones de cumplimiento, verifica los requisitos específicos aplicables a tu empresa con nuestro equipo técnico.
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